Desaparición Forzada Y Ejecuciones Extrajudiciales
Camila León
Daniela Salamanca
Laura Zapata
Pontificia Universidad
Javeriana Cali
Asignatura Virtual
Ignacio Martín-Baró
Santiago
de Cali
2016
Contenido
1. Conceptualización
de la Problemática escogida
2. Contextualización
de la Problemática escogida
3. Análisis
de los conceptos vistos en el módulo a la luz del caso escogido
3.1 Violencia
3.2 Trauma
psicosocial
3.3 Mentira
Institucionalizada
3.4 Polarización
social
3.5 Salud
Mental
4. Testimonio
5.
Bibliografía
Desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales
1.
Conceptualización
de la problemática escogida
En primera instancia se hace
fundamental conocer los conceptos sobre los cuales se trabajarán, dentro de
estos encontramos la desaparición forzada de personas, definida como “la privación de la libertad de una o
varias personas mediante cualquier forma (aprehensión, detención o
secuestro), seguida de su ocultamiento, o de la negativa a reconocer dicha
privación de libertad o de dar cualquier información sobre la suerte o el
paradero de esa persona, privándola así de los recursos y las garantías
legales” (Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Derechos Humanos, 2009, p.5). Este hecho es considerado como una violación
a los derechos humanos cuando es
cometido por un ente estatal, con autorización o apoyo del gobierno, en este
caso el Estado Colombiano, y se considera un crimen de lesa humanidad cuando
hay múltiples víctimas o si es una práctica sistemática (Oficina en Colombia
del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, 2009,
p.5).
En
este orden de ideas, la desaparición forzada tiene varias implicaciones, es un
fenómeno de privación de la libertad, cuyo fin es la desaparición en sí misma
(a diferencia del secuestro que busca una ganancia secundaria) que afecta tanto
a la víctima, como a sus seres queridos y a la sociedad, por esta razón en el artículo
24 de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, se consideran víctimas a los familiares de la
persona desaparecida debido a que estos sufren de forma directa las
repercusiones de tal desaparición, sea mentalmente (salud mental) como
externamente (ej. en la economía).
Dentro de los derechos humanos violados por
esta problemática se encuentran la libertad, la seguridad, el derecho de una
persona a no ser sometida a torturas o tratos humanos degradantes, derecho al
reconocimiento de una personalidad jurídica, derecho a la identidad, entre
muchos otros.
Dentro del Marco Legal en nuestro país,
la desaparición forzada de personas se contempla y prohíbe en la Constitución
Política de Colombia en su artículo 12, en la Ley 589 de 2000, en el artículo
165 del Código Penal colombiano, en la Convención Internacional para la
Protección de todas las Personas contra la Desaparición Forzada (ONU), y en
la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas (Oficina
en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos, 2009, p.6).
Por otra parte, un
segundo concepto son las ejecuciones extrajudiciales, que son violaciones al
derecho a la vida, y se definen como “ejecuciones (privación del derecho a la vida)
que son llevadas a cabo fuera del sistema legal de un estado” (Alston, 2009) y que
son realizados por cuerpos estatales en el ejercicio su cargo, estas
ejecuciones pueden entonces, estar apoyadas por la institución a la cual
representan. Por tanto, los cuerpos de
seguridad del estado pueden generar protección y a su vez impunidad de un
crimen. Dentro de estas ejecuciones se encuentran varias modalidades, en el
caso del conflicto armado se ponen a consideración los llamados “falsos
positivos” que hablan de las ejecuciones donde las Fuerzas Armadas disfrazan al
ciudadano ejecutado como guerrillero para que se presentes como bajas legítimas
en combate. Ahora bien, cuando se habla de las ejecuciones extrajudiciales se
deben tener en cuenta términos como ejecuciones sumarias (múltiples), masacres
(ejecución de más de 5 personas en un mismo lugar cuando estén indefensas)
(Comisión de Esclarecimiento Histórico, 1999) , crímenes de guerra, crímenes de
lesa humanidad y genocidio (políticas a gran escala para atacar a una población
civil para destruir a un grupo (Estatuto de Roma de la Corte Penal
Internacional de 17 de julio de 1998, artículos 5, 6, 7 y 8.)
2. Contextualización de la desaparición forzada y ejecuciones
extrajudiciales en Colombia
En
Colombia, la desaparición forzada y
las ejecuciones extrajudiciales tienen ya un historial considerable, la
historia de las desapariciones forzadas se reporta desde 1977, momento en el
que se registró el primer caso, en el gobierno de Alfonso López Michelsen,
donde el 9 de septiembre de 1977, fue detenida en el aeropuerto de la ciudad de
Barranquilla Omaira Montoya Henao, bacterióloga y participante del movimiento
de izquierda, junto con su compañero, Mauricio Trujillo Uribe, por la Policía,
cuando ambos intervenían en el cobro de un rescate por un secuestro. Ambos
fueron esposados y trasladados fuera de la ciudad, obligándolos a responder un
interrogatorio bajo tortura. Después los separaron, y no se volvió a tener
noticia de Omaira (Observatorio de Derechos Humanos y Derecho Humanitario,
2012).
Con este primer caso se dio inició a un
mecanismo de persecución a la oposición política, que aunque con autorización
del estado del momento, violaba los derechos humanos de quienes eran
desaparecidos forzosamente, al tiempo que instauraba y autorizaba esta práctica
como un mecanismo “legal” de judicialización. Con este primer caso y otros que
se empezaron a dar por la misma época, se inició un primer periodo de
desaparición forzada que se extiende hasta los años noventa.
En estas épocas, las desapariciones eran
principalmente a manos de la Fuerza Pública, actuando en ocasiones junto con
los paramilitares. Siendo principalmente desapariciones selectivas, dirigidas a
líderes políticos, activistas sociales, agentes de la oposición y a activistas
de izquierda que eran asociados a los grupos guerrilleros.
En el año 1982, el Grupo de Trabajo de las
Naciones Unidas sobre Desapariciones Forzadas, integró a Colombia entre 22
países en los que se había comprobado que las desapariciones eran campañas a
cargo de la policía, el Ejército o fuerzas paramilitares, donde tras la captura
de los implicados, no se volvía a saber de las víctimas, reaparecían con
señales de tortura en sus cuerpos o muertas, terminando así en ejecuciones extrajudiciales.
En un segundo periodo se da la consolidación
del paramilitarismo, donde la mayoría de las desapariciones empezaron a ser
cometidas por estos grupos armados, actuando en conjunto con la Fuerza Pública,
siendo estos sucesos tolerados y respaldados por el estado. Estas
desapariciones no solo fueron mecanismo de persecución a la oposición, sino que
también se convirtieron en formas de dominación paramilitar sobre la población
civil. También por esos años fueron comunes las desapariciones
colectivas, violando los derechos humanos de grandes comunidades y poblaciones,
concretándose en masacres y desplazamientos forzados, con el fin de desterrar a
las víctimas de sus tierras de origen y de otros de sus bienes. Estos eventos
de desaparición forzada también se fueron consolidando como mecanismos de
control social, atacando de forma directa a poblaciones o grupos sociales que
llegaban a ser considerados como personas “indeseables”, al tiempo que
vulnerables, como drogadictos, trabajadoras sexuales, o habitantes de la calle.
De acuerdo a declaraciones dadas por los grupos paramilitares en el marco de la
ley 975 (de justicia y paz), las desapariciones estuvieron acompañadas de
terribles torturas. Los cuerpos fueron enterrados en fosas comunes, abandonados
en ríos, e incluso incinerados con el fin de no dejar rastro de las víctimas.
(Desapariciones forzadas en Colombia. Mesa de trabajo sobre Desaparición
Forzada de la Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos, 2012, p.8-9).
La desaparición forzada es así una de las
violaciones de los derechos humanos más graves que existen, y Colombia,
lamentablemente, tiene un record grande en la comisión de este crimen; llegando
a ser uno de los países en América Latina y en el mundo con más cifras de
desaparecidos.
Años y años
de conflicto armado y de persecución estatal al interior del país han dejado como resultado millones de desparecidos
en el país y un largo e incurable sufrimiento en las familias afectadas.
Como lo dijo la oficina del alto comisionado de las naciones unidas para los derechos humanos, las cifras que conocemos indican alcances escalofriantes.
Las dos fuentes principales sobre las cifras de desaparición forzada en Colombia son el Registro Nacional de Desaparecidos y la Fiscalía General de la Nación.
A mayo de 2011, el total acumulado de personas desaparecidas incluidas en el Registro Nacional de Desaparecidos sumaba más de 57.200, de las cuales más de 15.600 han sido consideradas como desapariciones presuntamente forzadas, es decir cometidas por agentes de Estado o por otras personas, como fuerzas paramilitares, que han colaborado de una manera u otra con estos agentes. Entre estas víctimas de la desaparición forzada, hay más de 3.000 mujeres y más de 3.000 personas menores de 20 años.
La Fiscalía General de la Nación podría conocer hasta la fecha, probablemente, más de 26.500 casos de presuntas desapariciones forzadas.
Como lo dijo la oficina del alto comisionado de las naciones unidas para los derechos humanos, las cifras que conocemos indican alcances escalofriantes.
Las dos fuentes principales sobre las cifras de desaparición forzada en Colombia son el Registro Nacional de Desaparecidos y la Fiscalía General de la Nación.
A mayo de 2011, el total acumulado de personas desaparecidas incluidas en el Registro Nacional de Desaparecidos sumaba más de 57.200, de las cuales más de 15.600 han sido consideradas como desapariciones presuntamente forzadas, es decir cometidas por agentes de Estado o por otras personas, como fuerzas paramilitares, que han colaborado de una manera u otra con estos agentes. Entre estas víctimas de la desaparición forzada, hay más de 3.000 mujeres y más de 3.000 personas menores de 20 años.
La Fiscalía General de la Nación podría conocer hasta la fecha, probablemente, más de 26.500 casos de presuntas desapariciones forzadas.
La nueva
Unidad Nacional de Desaparición y Desplazamiento Forzado de la Fiscalía General
de la Nación, establecida en diciembre de 2010, nos ha informado que tiene
asignados, hasta finales de mayo, más de 17.800 casos de desaparición. Casi la
mitad de estos casos están localizados en Antioquia y Meta.
Adicionalmente, existen otros 300 casos en su Unidad
Nacional de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario, y más de
4.000 conocidos por las Fiscalías Seccionales.
Por otra
parte, en los procesos de la Ley 975, se ha iniciado la confesión de otros 4.420
casos de desaparición forzada. (Pronunciamiento
Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos).
3.
Análisis
de los conceptos vistos en el módulo a la luz del caso escogido
3.1 Violencia:
es el primer nivel a tener en cuenta cuando hablamos de desaparición forzada y
ejecuciones extrajudiciales pues la violencia es el medio por el cual llegan a
esos 2 objetivos. La violencia es evidente en ambos conceptos, en la
desaparición forzada, desde la misma palabra “forzada” tiene en cuenta un hecho
fuera de la voluntad que debe conllevar a actos de confrontación y represión
(Ignacio Martin Baró, 1988) para lograr desaparecer a una persona de forma
permanente, y en las ejecuciones extrajudiciales, el fondo de toda ejecución
que intente o no llevar una justificación estará basada en la violencia.
3.2 Trauma
psicosocial: El trauma psicosocial consecuente
de esta situación, además de afectar directamente al individuo víctima cuando llega
a sobrevivir, dejando en él un basto número de secuelas psicológicas, que lo
harán sentirse temeroso, inseguro y vulnerable ante cualquier mínima situación
que le evoque los hechos a los que en el pasado estuvo sometido, impactando en
su manera de ser y actuar. También, afectará considerablemente a cada una de las familias de las víctimas, desde el primer día en que se
enteran de la desaparición de su ser querido hasta el día en que tristemente en
algunos casos reciben los restos de su familiar, sumando a esto los impactos
económicos y sociales relacionados con la desaparición forzada. Como bien
afirmó Baró (1988), esta situación de guerra y violación de derechos humanos,
“produce un trauma psicosocial, es decir la cristalización traumática en las
personas y grupos de las relaciones sociales deshumanizadas” (p.65).
Las
familias de las personas desaparecidas así como tienen el derecho de reclamar
que se adelante una investigación penal detallada e imparcial, tienen también el derecho de exigir que se tomen las
medidas necesarias para juzgar y sancionar de manera proporcional a los autores
y participes de la desaparición forzada.
Así como lo exige la normativa internacional, el Estado debe proporcionar a la víctima un recurso judicial efectivo y oportuno, lo cual implica su derecho a participar en todas las etapas del proceso de investigación.
Así como lo exige la normativa internacional, el Estado debe proporcionar a la víctima un recurso judicial efectivo y oportuno, lo cual implica su derecho a participar en todas las etapas del proceso de investigación.
3.3 Mentira Institucionalizada: Martín Baró,
en su Psicología Social de la Guerra: Trauma y Terapia afirmaba que el
ocultamiento sistemático de la verdad por medio de la creación de diferentes
versiones oficiales de un hecho, o la creación de una “historia oficial” que
se impone como verdad es considerado como mentira institucionalizada. Tal ejemplo de este concepto son los mencionados “falsos
positivos”, donde se oculta la verdad de la procedencia de cadáveres de jóvenes
y campesinos, dados presúntamente de
baja por las Fuerzas Armadas Militares de Colombia como supuestos
pertenecientes a grupos organizados al margen de la ley. Las versiones del
gobierno y sus agentes, en un principio diferían a lo que hoy se conoce como
realidad, lo cual ha generado cierta duda sobre el actuar de este ente estatal.
(Rodríguez, 2015). Otro ejemplo es la llamada “limpieza social” que se ha visto
en Cali, donde según informes del CINEP han habido 466 casos en la ciudad entre 1988 y 2013, siendo la ciudad con más homicidios de este tipo del país,
pero según información oficial de la Policía Nacional, estos datos son falsos y
desmienten estas cifras y descartan las amenazas de limpiezas sociales en
sectores de la ciudad, pero dados los antecedentes de mentira es difícíl saber
si la información suministrada por la Policía es verdad.
3.4 Polarización social: se refiere a la símpatía frente a una postura que termina
por dividir a la población civil. En este orden de ideas, en Colombia se ha
visto una marcada polarización política que han terminado en la polarización
social de sus habitantes. En la historia han habido muchos ejemplos, uno de los
más importantes es la ideología política y movimiento social que culminó con
el inicio de la guerra interna de nuestro país, corroborado esto si nos
remontamos a los origenes de los grupos insurgentes al margen de la ley. Un
ejemplo más actual, el mismo proceso político
de paz en que se vieron envueltas masas poblacionales alrededor de un
plebiscito nacional para aprobar la implementación de los cuerdos de la Habana entre el
Gobierno colombiano y las FARC-EP. Este último demuestra la influencia (que
podríamos llamar poder) en su mayoría, de un partído político opositor como el
Uribismo para lograr el predominio del NO por sobre la opción que, según las encuestas ganaría y que era la
respaldada por el Gobierno Nacional, el SI.
3.5 Para
finalizar, parece importante analizar esta problemática desde la parte de Salud mental, ya que estas situaciones
afectan profundamente a las víctimas, que son privadas de su libertad, torturadas y viven con un temor permanente de ser
ejecutados, implica angustia y
desesperanza por tener un futuro incierto. Además, se debe considerar el sufrimiento de sus
seres queridos al no conocer el paradero del implicado, y la victima sabe esto, por lo cual se preocupará no solo
por sí mismo sino por el estado de sus seres queridos. Ahora bien, las familias
y allegados de la víctima se verán afectados, y habría impotencia al no saber
si la víctima sigue con vida o cuál es su estado actual, si es torturado o no
y, entre otros factores, la ansiedad que sufren internamente por pensar qué
pasa con su ser querido. Además, se encuentra el miedo de intervenir y perjudicar
a la víctima o el miedo a correr el mismo destino. Y es de esperarse que
no solo haya una consecuencia psicosocial, sino también socioeconómica de esta
problemática, el hecho de que la víctima tenga hijos, sea cabeza de familia,
sea hijo único, entre otras circunstancias que puedan afectar más intensamente a
su núcleo familiar o a las personas a su alrededor, además de esto hay un
efecto más general, al crear miedo en las comunidades y sociedades que viven de
forma más cercana estos tipos de violaciones a los derechos humanos (Organización de Naciones Unidas. (s.f.).
Desapariciones forzadas. Recuperado el 02 de Octubre de 2016). Se crean sentimientos de tristeza, ira, rabia, impotencia, ansiedad que a su
vez llevan a trastornos depresivos, ansiosos y por qué no, a lo hablado acerca
del trauma psicosocial con el que quedará en todo aquel que tenga un contacto tan
cercano con la violación que se comete en las desapariciones forzadas y las
ejecuciones extrajudiciales.
4.
Testimonio
A
continuación, se presentan
extractos de un documento de Amnisty.com titulado “Voces De Víctimas:
Testimonios De Víctimas De Desaparición Forzada” del 2011 donde se relatan
experiencias de familiares de víctimas de desaparición forzada alrededor del
mundo.
Juan Almonte Herrera era contable de una ONG de derechos humanos de la
República Dominicana. Fue secuestrado el 28 de septiembre de 2009 en Santo
Domingo, capital del país, por cuatro hombres armados. Varios testigos
identificaron a los hombres como agentes del Departamento Antisecuestro de la
Policía Nacional. En 2009, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos pidió
a las autoridades de la República Dominicana que revelaran el paradero de Juan
Almonte y garantizaran su seguridad. Hasta el momento, las autoridades
dominicanas apenas han hecho nada por investigar dicho paradero.
[…] es difícil de explicar, sólo los que
lo han vivido saben nuestro el dolor de despertarnos y acostarnos con tantas preguntas
sin respuesta, y viviendo un hermetismo total en mi país. Claro, es estar
peleando con el poder, y a nosotros nos ven como si nada.
Nuestras vidas han sido destruidas, no
tenemos un mañana, solo vivimos en un pasado incierto, en total oscuridad […]
-Esposa de Juan Almonte Herrera
En abril de 2003, Artur Akhmatkhanov, de 22 años, fue capturado por
unos hombres armados y enmascarados que lo metieron en un vehículo blindado de
transporte de personal. Akhmatkhanov era estudiante en Grozni, capital de la
República Chechena, y trabajaba como voluntario en defensa de los derechos
humanos. En el momento de la captura, unos testigos identificaron a los hombres
armados como miembros de las Fuerzas Federales Rusas. Un año después de la
desaparición de Akhmatkhanov, el fiscal militar negó la implicación del
ejército ruso, y dijo que “[...] no se detuvo a ningún ciudadano” en la
República Chechena. La suerte de Akhmatkhanov sigue sin conocerse.
Aun hoy pienso: “quizá hoy, mañana, me
devuelvan a mi hijo” […] Por las noches se me aparece en sueños, y de día no
paro de llorar[…] Esto no es vida. Todo se detuvo para mí. No vivo, sólo
camino.
-Bilat Akhmatkhanova, madre de Artur
Akhmatkhanova
Raymond Manalo y su hermano fueron secuestrados por las fuerzas de
seguridad filipinas en 2006. Lo acusaron de pertenecer al Nuevo Ejército del
Pueblo, grupo comunista antigubernamental. Durante el tiempo que estuvo
desaparecido, lo sometieron a tortura y otros tratos inhumanos. Él y su hermano
consiguieron escapar una noche, cuando los guardias dormían borrachos.
Empecé a denunciar lo sucedido; quería
llevar el caso a los tribunales. Quería luchar y demostrar que era una víctima,
[y] que yo también había presenciado delitos –secuestros y homicidios–
cometidos por el ejército. Presentamos una demanda civil por secuestro [...] y
por detención secreta. Pero la denuncia aún no ha prosperado. Soy libre, pero en realidad no lo soy [...]
Me muevo con temor. Los soldados pueden capturarme en cualquier momento. No
tienen más que quitarse los uniformes y agarrarme de forma anónima. No me cabe
duda de que el ejército puede hacerlo.
-Raymond Manalo
Ibni Oumar Mahamat Saleh, dirigente del Partido por la Libertad y el
Desarrollo, partido de oposición de Chad, fue detenido el 3 de febrero de 2008
en su casa de la capital, Yamena, por miembros de las fuerzas de seguridad
chadianas. Pese a las peticiones realizadas por su familia, por organizaciones
internacionales de derechos humanos, por la ONU y por la UE a las autoridades
de Chad para que proporcionaran información sobre la suerte que había corrido,
el paradero de Ibni Oumar Mahamat Saleh sigue sin conocerse. Su hijo, Mohamed
Saleh Ibni Oumar, quiere conocer la verdad sobre la desaparición de su padre, y
pide justicia.
Pido justicia [...] Pido que se arroje
luz sobre la suerte que sus secuestradores hicieron correr a mi padre. Pido que
quienes se han convertido a sí mismos en culpables sean castigados por la
espada imparcial de la justicia. No podemos rebajarnos al nivel de los
secuestradores de mi padre, comportándonos sin la menor dignidad y sin el más
leve resquicio de humanidad [...] Ya no deseo una oleada desatada de odio
contra quienes le hicieron desaparecer, ya no quiero que quienes utilizan la
violencia con fines políticos esgriman el recuerdo de mi padre para justificar
sus actos.
La verdad sobre la suerte corrida por el
profesor Ibni debe salir a la luz de la manera más apaciguadora posible y
dentro de un marco estrictamente legal. Este es el precio, el único precio,
para que los ideales de mi padre triunfen sobre la muerte, sobre el olvido y,
por encima todo, sobre aquellos que perdieron su humanidad al arrebatárselo a
sus seres queridos.
- Mohamed Saleh Ibni Oumar, hijo de Ibni
Oumar Mahamat Saleh
5.
Bibliografía





